PROVINCIA DEL CHACO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGIA
RESISTENCIA, 09 NOV 2009
VISTO:
El Decreto N° 2214/09; y
CONSIDERANDO: Que por Ley N° 5174 se instituye las Uniones Regionales de Municipios (Regiones) como una categoría especial de organismo supramunicipal, encuadrable en las disposiciones del artículo 114 de la Ley N0 4233;
Que por el Artículo 1o del Decreto N 2214/09 todas las Jurisdicciones del Sector Público Provincial
que posean una organización territorial deberán adoptar criterios de subdivisión en concordancia con la delimitación
de las Uniones Regionales de Municipios "Regiones";
Que se han constituido ocho (8) Uniones Regionales de Municipios, a partir de la voluntad política de las autoridades los sesenta y ocho (68) Municipios de la Provincia;
Que resulta necesario unificar los criterios de definición de las zonas, regiones y/o regionales de las diversas Jurisdicciones del Sector Público Provincial, adecuando las estructuras existentes en cada Jurisdicción a los parámetros territoriales de las Regiones, sin que esto implique una modificación de las competencias asignadas;
Que es pertinente establecer las delimitaciones territoriales de Direcciones Regionales Educativas, ajustadas a la normativa señalada, permitiendo así una organización y administración más, eficiente, basada en los criterios de descentralización, de cercanía y de equidad en la distribución de la tarea supervisiva;
Que para responder a ello es necesario adecuar la estructura jurisdiccional y administrativa de las actuales Direcciones Regionales Educativas;
Que este Ministerio se encuentra facultado por el Artículo 6o del Decreto Nº 2214/09 a efectuar el reordenamiento de los recursos humanos, materiales y presupuestarios necesarios para el cumplimiento de sus funciones de acuerdo con el reordenamiento territorial por Regiones;
Que corresponde, en consecuencia dejar sin efecto toda otra normativa anterior a la presente referente a la demarcación espacial de las Regionales Educativas;
Que al estar descentralizada la liquidación de haberes docentes, eh cada una de las actuales Regionales y con el objeto de evitar inconvenientes en las liquidaciones mensuales, es aconsejable concretar la reestructuración a partir del primer día hábil del próximo año, en coincidencia con el receso administrativo por la licencia anual ordinaria, época del año en que se producen escasas cargas de novedades al sistema;
Que interviene la Subsecretaría de Educación avalando la propuesta;
Que es necesario el dictado del presente instrumento legal ;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: REESTRUCTURAR, a partir del 01 de enero de 2010, la distribución, demarcación y localización de las Direcciones Regionales Educativas del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia, siguiendo criterios de subdivisión en concordancia con la delimitación de las Uniones Regionales de Municipios “Regiones”, según se detalla en Planilla Anexa I, por los motivos expuestos en los considerandos.-
ARTICULO 2º: DEJAR SIN EFECTO, a partir del 01 de enero de 2010, toda otra normativa anterior a la presente referente a la distribución, demarcación y localización de las Direcciones Regionales Educativas, como consecuencia del Artículo 1º de la presente.-
ARTICULO 3º: DETERMINAR, que hasta la implementación de la presente, los establecimientos educativos de las localidades que actualmente pertenecen a la Dirección Regional Educativa – Región XII -, dependerán administrativamente, según se consigna en Planilla Anexa II.-
ARTICULO 4º: CREAR, desde la fecha de la presente la Subsede de Colonias Unidas, con dependencias de la Dirección Regional Educativa – Región II-, que funcionará en el mismo edificio que fuera sede de la D.R.E. XII, y con la actual dotación de personal, muebles y útiles.-
ARTICULO 5º: DAR intervención a la Unidad de Recursos Humanos y Dirección de Administración de la Jurisdicción, en lo que es materia de su competencia.-
ARTICULO 6º: REGISTRAR, Comunicar y archivar.-
RESOLUCIÓN Nº 702
PLANILLA ANEXA I A LA RESOLUCIÓN Nº 702
REGION EDUCATIVA CUOF
SEDE REGIONAL
SUB SEDES
LOCALIDADES R I 1630
VILLA ANGELA
Villa Ángela
Chorotis
Santa Sylvina
Coronel Du Gra
Enrique Urien
Samuhú
San Bernardo
La Clotilde
la Tigra
R II 1739
QUITILIPI
Quitilipi
Machagai
Villa Berthet
Presidencia de la Plaza
Colonia Elisa
Las Garcitas
Capitán Solari
Colonia Elisa
R III 1737
RESISTENCIA
Puerto Tirol
Laguna Blanca
Colonia Popular
Charadai
Cote Lai
Basail
Colonia Benítez
Margarita Belén
Isla del Cerrito
La Verde
Makallé
Lapachito
PLANILLA ANEXA I A LA RESOLUCIÓN Nº 702
REGION EDUCATIVA
CUOF
SEDE REGIONAL
SUB SEDES
LOCALIDADES
La escondida
Las Palmas
La Leonesa
Puerto Bermejo
General Vedia
Puerto Eva Perón
R IV 1633
LAS BREÑAS
Las Breñas
Corzuela
Charata
General Pinedo
General Pinedo
Gancedo
General Capdevila
Hermoso Campo
R V 1631
J.J. CASTELLI
Juan José Castelli
Tres Isletas
Villa Río Bermejito
El Espinillo
Miraflores
Misión Nueva Pompeya
Misión Nueva Pompeya
El Sauzalito
Fuerte Esperanza
Comandancia Frìas
R VII 1632
PCIA. R. SÁENZ PEÑA
SÀENZ Peña
Napenay
Avia Terai
Concepción del Bermejo
PLANILLA ANEXA I A LA RESOLUCIÓN Nº 702
REGION EDUCATIVA
CUOF
SEDE REGIONAL
SUB SEDES
LOCALIDADES
Pampa del Infierno
Campo Largo
Los Frentones
Río Muerto
Taco Pozo
R VIII 1628
RESISTENCIA
Resistencia
Fontana
Barranqueras
Puerto Vilelas
Colonia Baranda
PLANILLA ANEXA II A LA RESOLUCIÓN Nº 702
REGION EDUCATIVA ACTUAL
LOCALIDADES
DEPENDENCIA HASTA 31-12-09
D.R.E.P. R XII
LAGUNA LIMPIA
D.R.E.P. R II
D.R.E.P. R XII
CIERVO PETISO
D.R.E.P. R II
D.R.E.P. R XII
COLONIAS UNIDAS
D.R.E.P. R II
D.R.E.P. R XII
CAPITAN SOLARI
D.R.E.P. R VIII
D.R.E.P. R XII
COLONIA ELISA
D.R.E.P. R VIII
D.R.E.P. R XII
LA ESCONDIDA
D.R.E.P. R VIII
D.R.E.P. R XII
LA VERDE
D.R.E.P. R VIII
D.R.E.P. R XII
LAPACHITO
D.R.E.P. R VIII
D.R.E.P. R XII
LAS GARCITAS
D.R.E.P. R X
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